Ingreso a la UPN

El Consejo Académico mediante el Acuerdo 014 del 20 de abril de 2018, adoptó los criterios generales de admisión para aspirantes por primera vez, transferencia externa y nueva admisión.

En el Artículo 3º se establecen los siguientes factores para el proceso de selección:

  1. Factor 1. La naturaleza del factor 1 será definida por cada programa y tendrá una ponderación del 60%. En este factor puede haber máximo dos fases, cada una, con el mismo porcentaje. El puntaje obtenido en la primera fase puede determinar la continuidad en el proceso. Para los programas que se establezcan dos fases, la primera corresponde a la aplicación de la prueba general que la Universidad ofrece y la segunda será una prueba específica, la cual será aplicada por cada programa académico.
  2. Factor 2. Entrevista individual con una ponderación del 40%. La entrevista será aplicada a los aspirantes que obtengan los mayores puntajes acumulados en la prueba inicial, en un número definido por el Consejo de Departamento o quien haga sus veces.

La prueba general se aplica a los aspirantes de los programas en los que el número de ellos sea mayor que el triple de los cupos aprobados por el Consejo Académico. Para los programas a cuyos aspirantes no se les aplique la prueba general que la Universidad ofrece, el 60% del factor 1 se obtendrá con los resultados que obtengan de la prueba específica.
Las unidades académicas definen los criterios e instrumentos para adelantar las distintas etapas del proceso de selección. De acuerdo con los cupos aprobados, la Subdirección de Admisiones y Registro elabora una lista de aspirantes en espera e indica en el cronograma la fecha en la cual, de acuerdo con la disponibilidad de cupos no utilizados, se llamarán a quienes la integren.
De acuerdo con los cupos aprobados, la Subdirección de Admisiones y Registro elabora una lista de aspirantes en espera e indica en el cronograma la fecha en la cual, de acuerdo con la disponibilidad de cupos no utilizados, se llamarán a quienes la integren.

Programa admisiones inclusivas

El Acuerdo 017 del 10 de mayo de 2017 del Consejo Académico, establece el proceso de admisión inclusiva para aspirantes pertenecientes a poblaciones de grupos étnicos, víctimas del conflicto armado en Colombia, desmovilizada en proceso de reintegración y habitantes de frontera.

En esta normativa se establece como requisito general para el proceso de admisión inclusiva:

  1. Haber presentado el Examen de Estado para ingreso a la Educación Superior.
  2. Realizar el proceso de inscripción en las fechas establecidas por la Universidad.
  3. Indicar en el formulario de inscripción la población a la que pertenece.
  4. Indicar en el formulario de inscripción la decisión de optar por el proceso de admisión inclusiva.
  5. Presentar certificado o documento idóneo que acredite la calidad de pertenencia a la población respectiva; expedida por la autoridad competente.
  6. Presentar las pruebas de admisión del proceso Ordinario, en los términos establecidos por la universidad.
  7. Cumplir con todos los requisitos exigidos por la Universidad para ser estudiante.